miércoles, 11 de abril de 2012

SCT no está facultada para revisar la transferencia de acciones de Mexicana

NEGOCIOS • 11 ABRIL 2012 - 4:07PM — ROBERTO VALADEZ

En términos de los artículos 6, 7 y 9 de la Ley de Aviación Civil, se establece que la dependencia únicamente tiene facultades para verificar a concesionarios y permisionarios de transporte aéreo, más no a compañías privadas como Tenedora K y Med Atlantica.

Ciudad de México • La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que de acuerdo con la Ley de Aviación Civil, la dependencia no se encuentra facultada para intervenir o vigilar la transferencia de acciones de Mexicana de Aviación, ya que es un procedimiento entre particulares.

La dependencia indicó que en términos de los artículos 6, 7 y 9 de dicha ley, se establece que únicamente tiene facultades para verificar a concesionarios y permisionarios de transporte aéreo, más no a compañías privadas como Tenedora K y Med Atlantica.

Cabe recordar que se prevé para hoy la transferencia de acciones de Tenedora K, dueña de la aerolínea, al grupo de inversionistas de Med Atlántica, para continuar con el proceso de reestructura de Mexicana.